Las bonificaciones del contrato de formación son incentivos económicos que se aplican a las empresas que contratan a trabajadores en formación. Estos incentivos tienen como objetivo fomentar la contratación de jóvenes y personas en riesgo de exclusión social, así como favorecer la formación profesional.
En España, las bonificaciones del contrato de formación se regulan por el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes para el refuerzo del Plan de Choque para la reforma del mercado de trabajo.
Las bonificaciones del contrato de formación se aplican a los siguientes tipos de contratos:
Las bonificaciones del contrato de formación son las siguientes:
Además de estas bonificaciones, las empresas que transformen un contrato de formación en un contrato indefinido tienen derecho a una bonificación adicional de 128 euros mensuales durante tres años, en el caso de contratación con varones, y de 147 euros mensuales durante tres años, en el caso de contratación con mujeres.
Para poder beneficiarse de las bonificaciones del contrato de formación, las empresas deben cumplir los siguientes requisitos:
Las bonificaciones del contrato de formación son una importante herramienta para fomentar la contratación de jóvenes y personas en riesgo de exclusión social, así como para favorecer la formación profesional.
Para solicitar las bonificaciones, la empresa debe presentar una solicitud en el SEPE. La solicitud debe acompañarse de la siguiente documentación:
Para poder bonificar el contrato de formación en alternancia, la empresa debe cumplir los siguientes requisitos:
Además, la empresa debe cumplir los requisitos específicos establecidos para cada tipo de bonificación. Por ejemplo, para poder bonificar la cuota fija de la Seguridad Social, la empresa debe contratar a un trabajador de hasta 30 años, o a un trabajador de 30 o más años que esté inscrito como demandante de empleo.
Los requisitos para bonificar el contrato de formación en alternancia se encuentran regulados en el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes para el refuerzo del Plan de Choque para la reforma del mercado de trabajo.
A continuación, te mostramos los requisitos específicos para cada tipo de bonificación:
Bonificación de la cuota fija de la Seguridad Social:
Bonificación adicional por tutorización:
Bonificación por transformación en contrato indefinido:
Si la empresa no cumple alguno de los requisitos establecidos, no podrá beneficiarse de las bonificaciones del contrato de formación en alternancia.
En resumen,
Tipo de contrato | Bonificación de la cuota fija de la Seguridad Social | Bonificación adicional por tutorización | Bonificación por transformación en contrato indefinido |
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Contrato para la formación en alternancia | La bonificación es de 119 euros mensuales en la cuota de seguridad social y del 100 % de la cuota de formación. | Hasta 1,5 euros por hora de tutoría, con un máximo de 80 euros mensuales | 128 euros mensuales durante tres años para varones, 147 euros mensuales durante tres años para mujeres |
Contrato formativo para la obtención de la práctica profesional | 50 % de la cuota empresarial de la Seguridad Social correspondiente a las contingencias comunes. | Hasta 1,5 euros por hora de tutoría, con un máximo de 80 euros mensuales | 128 euros mensuales durante tres años para varones, 147 euros mensuales durante tres años para mujeres |