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Bonificaciones del contrato de formación en alternancia

Escrito por Aibe | Feb 6, 2024 7:30:00 AM

Las bonificaciones del contrato de formación son incentivos económicos que se aplican a las empresas que contratan a trabajadores en formación. Estos incentivos tienen como objetivo fomentar la contratación de jóvenes y personas en riesgo de exclusión social, así como favorecer la formación profesional.

¿Cuánto bonifica el contrato de formación en Seguros Sociales?

En España, las bonificaciones del contrato de formación se regulan por el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes para el refuerzo del Plan de Choque para la reforma del mercado de trabajo.

Las bonificaciones del contrato de formación se aplican a los siguientes tipos de contratos:

  • Contrato para la formación en alternancia, también conocido como contrato de aprendizaje. Este contrato combina la formación en un centro educativo con la práctica en la empresa.
  • Contrato formativo para la obtención de la práctica profesional. Este contrato se dirige a personas que han finalizado un ciclo formativo de grado superior o un grado universitario de grado.

Las bonificaciones del contrato de formación son las siguientes:

  • Bonificación de la cuota fija de la Seguridad Social. Esta bonificación se aplica a la cuota fija de la Seguridad Social a cargo de la empresa, que en 2024 es de 170,69 euros. La bonificación es de 119 euros mensuales en la cuota de seguridad social y del 100 % de la cuota de formación.
  • Bonificación adicional por tutorización. Esta bonificación se aplica a la cuota variable de la Seguridad Social a cargo de la empresa, y tiene una cuantía máxima de 1,5 euros por hora de tutoría. En empresas de menos de 5 trabajadores, la cuantía máxima es de 2 euros por hora de tutoría. Esto puede llegar entre 60-80 euros mensuales.

Además de estas bonificaciones, las empresas que transformen un contrato de formación en un contrato indefinido tienen derecho a una bonificación adicional de 128 euros mensuales durante tres años, en el caso de contratación con varones, y de 147 euros mensuales durante tres años, en el caso de contratación con mujeres.

Para poder beneficiarse de las bonificaciones del contrato de formación, las empresas deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Contratar a un trabajador menor de 30 años, o a un trabajador de 30 o más años que esté inscrito como demandante de empleo.
  • Ofrecer al trabajador una formación adecuada a la actividad de la empresa.
  • Registrar el contrato de formación en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Las bonificaciones del contrato de formación son una importante herramienta para fomentar la contratación de jóvenes y personas en riesgo de exclusión social, así como para favorecer la formación profesional.

 

¿Cómo funcionan las bonificaciones del contrato de formación en alternancia?

Para solicitar las bonificaciones, la empresa debe presentar una solicitud en el SEPE. La solicitud debe acompañarse de la siguiente documentación:

  • Contrato de formación en alternancia registrado en el SEPE.
  • Certificado de la formación impartida al trabajador.
  • Justificante de pago de las cuotas de la Seguridad Social.

 

Requisitos de la empresa para poder bonificar

Para poder bonificar el contrato de formación en alternancia, la empresa debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Tres requisitos generales:
    • Estar al corriente de pago de las cuotas de la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias.
    • No haber sido sancionada por infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en los últimos cuatro años.
    • No haber sido sancionada por infracciones graves o muy graves en materia de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en los últimos cuatro años.
  • Un requisito específico:
    • Tener un plan de igualdad, si está obligada a ello.

Además, la empresa debe cumplir los requisitos específicos establecidos para cada tipo de bonificación. Por ejemplo, para poder bonificar la cuota fija de la Seguridad Social, la empresa debe contratar a un trabajador de hasta 30 años, o a un trabajador de 30 o más años que esté inscrito como demandante de empleo.

Los requisitos para bonificar el contrato de formación en alternancia se encuentran regulados en el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes para el refuerzo del Plan de Choque para la reforma del mercado de trabajo.

A continuación, te mostramos los requisitos específicos para cada tipo de bonificación:

Bonificación de la cuota fija de la Seguridad Social:

  • Contratar a un trabajador de hasta 30 años para el catálogo de especialidades. Este límite no se aplica a los certificados de nivel 3 ni a las personas con discapacidad reconocida.
  • Ofrecer al trabajador una formación adecuada a la actividad de la empresa.

Bonificación adicional por tutorización:

  • Contratar a un trabajador de hasta 30 años para el catálogo de especialidades. Este límite no se aplica a los certificados de nivel 3 ni a las personas con discapacidad reconocida.
  • Ofrecer al trabajador una formación adecuada a la actividad de la empresa.
  • Registrar el contrato de formación en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Bonificación por transformación en contrato indefinido:

  • Contratar a un trabajador de hasta 30 años para el catálogo de especialidades. Este límite no se aplica a los certificados de nivel 3 ni a las personas con discapacidad reconocida.
  • Ofrecer al trabajador una formación adecuada a la actividad de la empresa.
  • Registrar el contrato de formación en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
  • Transformar el contrato de formación en un contrato indefinido.

Si la empresa no cumple alguno de los requisitos establecidos, no podrá beneficiarse de las bonificaciones del contrato de formación en alternancia.

En resumen, 

Tipo de contrato Bonificación de la cuota fija de la Seguridad Social Bonificación adicional por tutorización Bonificación por transformación en contrato indefinido
Contrato para la formación en alternancia La bonificación es de 119 euros mensuales en la cuota de seguridad social y del 100 % de la cuota de formación. Hasta 1,5 euros por hora de tutoría, con un máximo de 80 euros mensuales 128 euros mensuales durante tres años para varones, 147 euros mensuales durante tres años para mujeres
Contrato formativo para la obtención de la práctica profesional 50 % de la cuota empresarial de la Seguridad Social correspondiente a las contingencias comunes. Hasta 1,5 euros por hora de tutoría, con un máximo de 80 euros mensuales 128 euros mensuales durante tres años para varones, 147 euros mensuales durante tres años para mujeres