Ayudas para contrato de formación de 5.500€ en Castilla-La Mancha

  • julio 16, 2024

Te informamos de una nueva ayuda para realizar contratos de formación en alternancia para menores de 30 años en Castilla-La Mancha. En esta ocasión, se puede subvencionar hasta 5.500 euros de ayuda a la contratación de personas jóvenes, Sigue leyendo para más información.

¿Vas a contratar? Hazlo con el contrato de formación en alternancia

El Decreto 103/2022, de 13 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para favorecer el acceso al empleo de calidad de las personas jóvenes y fomentar la cualificación profesional, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, es la normativa que regula esta ayuda para la contratación de personas jóvenes en Castilla-La Mancha.

 

¿A quién va dirigido?

Las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro que formalicen contratos de formación en alternancia de un año de duración a tiempo completo.

Los contratos contratos de formación en alternancia objeto de subvención se podrán formalizar con las personas que a continuación se relacionan:


a) Personas jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años, inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
b) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.
c) Personas con discapacidad.
d) Personas en riesgo de exclusión social.

 

Requisitos para optar a la ayuda

1. Será subvencionable la formalización de contratos de formación en alternancia, a tiempo completo, con una

duración de un año, que se ajusten a lo dispuesto por el artículo 11.2 y 4 del texto refundido de la Ley del Estatuto

de los Trabajadores.

2. No serán subvencionables los contratos de formación en alternancia formalizados en el marco de los programas

públicos de empleo y formación, que se regirán por su propia normativa.

Los requisitos específicos de las ayudas reguladas en la presente línea, son los siguientes:

a) Todos los aspectos laborales y formativos relativos la contratación se regirán por lo establecido en artículo 11.2 y

4 del Estatuto de los Trabajadores y sus normas de desarrollo.

b) Si la normativa estatal reguladora de las bonificaciones en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social de los contratos así lo establece, los beneficiarios de la subvención estarán obligados a incrementar con la nueva contratación el nivel de empleo y mantener el nivel alcanzado con la contratación, en los términos de dicha normativa.

 

Documentación a presentar

  • Escritura pública de constitución y estatutos, en su caso, inscritos en el registro correspondiente, Número de Identificación Fiscal (NIF) y escritura de apoderamiento de la persona que actúa en nombre y representación de la persona jurídica. En caso de Comunidades de Bienes, documento constitutivo.
  • -Contrato de formación en alternancia, en el que conste expresamente una cláusula que indique: ¿El presente contrato es objeto de cofinanciación por el Programa del Fondo Social Europeo Plus (FSE+) Castilla-La Mancha 2021-2027, con un porcentaje del 85% de los costes totales subvencionables¿
  • Si es persona física, documentación acreditativa del poder de la persona representante, en su caso.
  • Autorización de la persona trabajadora, para cuya contratación se solicita la subvención, para comprobar sus datos personales, laborales y académicos (Anexo II) así como, en su caso, la documentación que en el mismo se indica.
  • Certificado de empadronamiento histórico colectivo de la persona contratada.

 

Ten en cuenta que

Las entidades beneficiarias podrán recibir una subvención por importe 5.500 euros para la realización de contratos

de formación en alternancia.

Se incrementará un 20% en el caso de que la actividad subvencionada se realice en alguno de los municipios incluidos en el Anexo de Decreto 52/2018, de 31 de julio, de delimitación geográfica de zonas prioritarias en Castilla-La Mancha.

La cuantía se incrementará en 700 euros, cuando la persona contratada pertenezca a alguno de los siguientes colectivos:

a) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.

b) Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

c) Personas en situación de exclusión social

Además, se incrementará en un 20%, 30% o 40% para aquellos contratos que se desarrollen en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación según se establece en el Decreto 103/2022, de 13 de septiembre.

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